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La Instrucción General Nº 8 se refiere
a la obligación de informar en transparencia activa los antecedentes
preparatorios de las normas jurídicas generales que afecten
a empresas de menor tamaño, conforme lo dispuso el artículo
quinto de la Ley 20.416, y explica cómo cumplir con dicha
obligación.
Esta instrucción se aplica sólo a
los órganos de la Administración del Estado mencionados
en el artículo 3 del Reglamento para la dictación
de normas jurídicas generales que afecten a empresas de menor
tamaño, aprobado por Decreto Supremo N°80, de 2010, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Es decir, a “los
Ministerios, Subsecretarías y servicios públicos creados
para el cumplimiento de la función administrativa, sometidos
a la dependencia o supervigilancia del Presidente de la República
a través de los respectivos Ministerios, a que se refiere
el Párrafo 1º del Título II D.F.L. Nº 1/19.653”.
Por su parte, la Instrucción General Nº
9 modifica las instrucciones generales N° 4 y N° 7, sobre
Transparencia Activa. La Instrucción N°9 busca simplificar
la manera de informar dos ítems de la transparencia activa:
Personal y Remuneraciones y Actos y Resoluciones con Efectos sobre
Terceros y facilitar el acceso por parte de los ciudadanos a esta
información.
Esta instrucción estuvo motivada y tuvo
especialmente presente los planteamientos que hizo a este Consejo
el Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Comunicaciones AChM
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