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El comité está compuesto por funcionarios
municipales del área de la prevención de drogas y
alcohol con experiencia y competencias demostradas en proyectos
de gestión en el área a nivel municipal y contempla
la participación de 14 municipios representantes de todo
Chile y tendrá la finalidad de elaborar propuestas y recomendaciones
con criterios de equidad territorial, flexibilidad y fortalecimiento
de la institucional en el ámbito de la prevención.
Algunos de los temas que son parte de la problemática que
trabaja la Comisión es el consumo de tabaco. Al respecto
es siempre importante recordar algunas normas sobre las sanciones
que establece la ley:
• Por vender tabaco cerca de colegios: multa
de 1 a 50 UTM para persona natural o jurídica por la venta
de productos hechos con tabaco en lugares que estén a menos
de 100 metros de establecimientos de básica y media.
• Por vender o regalar tabaco a menores:
multa de 3 a 50 UTM y de 30 a 300 UTM, además del comiso
de los bienes materia de la infracción, por comercializar,
ofrecer, distribuir o entregar a título gratuito productos
hechos con tabaco a menores de 18 años.
• Por no separar espacios: multa de 50 a
250 UTM por infracción a las reglas de habilitación,
superficie y ventilación de los espacios destinados a fumadores
y reservados a no fumadores en restoranes, bares, pubs, discotecas,
casinos de juego y otros, según artículos 12 y 13
de la ley.
• Por vender cigarrillos sueltos: multa de
1 a 20 UTM y de 10 a 50 UTM a persona natural o jurídica,
además del comiso de los bienes materia de la infracción,
por vender cigarrillos unitariamente o en paquetes que contengan
una cantidad inferior a 10.
• Por fumar en lugares prohibidos: multa
de media UTM para el fumador que contravenga la prohibición
de fumar en los lugares que señala ley.
Comunicaciones AChM
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