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“Este consejo es parte de la ley 20.500 de participación
ciudadana, en la cual se define la creación de un consejo
conformado por organizaciones y estamentos de diversas entidades
sociales de la comuna”, explicó el alcalde Omar Vera.
El proceso de votación. agregó el jefe comunal, se
realiza por estamento territorial donde se encuentran diversas juntas
vecinales; funcionales en la que se incluyen grupos sociales y culturales,
organizaciones indígenas y sindicatos principalmente.
En el desarrollo de la jornada, contó Manuel Vidal Director
de desarrollo comunitario, solo vota un representante de cada una
de las organizaciones, aludiendo que por lo general es el presidente
de la entidad o el representante legal.
El alcalde Omar Vera agregó que la idea no es solo ser un
órgano consultor sino también recibir propuestas de
parte de ellos, sobre la gestión municipal. “La representatividad
ciudadana es lo que más se resalta a través de sus
integrantes se podrán plantear a la vez las inquietudes de
los ciudadanos respecto a lo que se está haciendo en la comuna”,
enfatizó.
Según la ley 20.500 el consejo comunal deberá reunirse
con el alcalde a lo menos cuatro veces al año, lo señala
la ley.
Fuente:municipalidadsanantonio.cl
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